En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD; a los ciudadanos José Luis Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.448.978, nacido en fecha 11-11-73, soltero, obrero, natural de Acarigua estado Portuguesa, domiciliado en el Barrio las Tres L, sector Centro, Píritu estado Portuguesa, hijo de Aida Fernández y Luis Cordero y Héctor José Cordero venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.528.104, nacido en fecha 19-07-75, casado, comerciante, natural de Acarigua estado Portuguesa, hijo de Delia Cordero y de Diego Meléndez, domiciliado en el Callejón 1, casa No. 1160, Urbanización Betty Herrera, Píritu estado Portuguesa, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código .....