DECISIÓN
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR la solicitud de obligación de manutención formulada por la ciudadana UBALDINA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ, en contra del ciudadano HECTOR JOSE BOHORQUEZ GARCIA.
2) Se fija la obligación de manutención en la cantidad SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00) mensuales, los cuales deben ser cancelados los cinco primeros días de cada mes y una cuota extraordinaria para el mes de septiembre, SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00), debiendo por consiguiente en dicho mes consignar como pensión de manutención el doble de la cantidad fijada, esto es, UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.400,00), para cubrir los gastos de útiles y uniformes escolares y otra cuota extraordinaria .....