Escuchada la declaración del acusado, y escuchada la exposición de la defensa técnica solicitando se le imponga a su representado la pena correspondiente; procede este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones Juicio N° 1Estado Lara, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal declara:
PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano JUAN CARLOS SALAZAR PINTO, titular de la Cedula de Identidad V- (...), por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la ley respecto a la imposición de penas, las cuales consagran para de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41 .....