DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se dictan los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de enero de 2017, por el imputado LUIS MIGUEL ARANDA CASTELLANOS, asistido por el Abogado MIGUEL ARCÁNGEL MORILLO CARBALLO, en sus condición de Defensor Privado en razón de la expresa autorización del justiciable, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se ordena REMITIR las presentes actuaciones inmediatamente al Tribunal de procedencia para garantizar la continuidad del proceso.
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia, y líbrese lo conducente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaci.....