En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Competente para conocer de la presente inhibición propuesta por JOSEFA VIRGINIA CARMONA VARGAS actuando como Jueza Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa sede Guanare
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición propuesta por JOSEFA VIRGINIA CARMONA VARGAS actuando como Jueza Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa. Sede Guanare.
TERCERO: Se ordena la remisión mediante oficio del expediente principal a la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTIBUCION DE DOCUMENTOS (URDD) a los fines que sea redistribuida la misma entre los demás Juzga.....