DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponer a los adolescentes: (Identidades Omitidas); las medidas cautelares contenidas en el artículo 582, literales B y F de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, la cual consiste en: 1.-) la obligación de someterse a la supervisión y vigilancia de sus representantes legales quienes deberán informar ante este tribunal cada (15) días acerca de la conducta y comportamiento de sus representados y 2.-) la prohibición de acercarse a las victimas y su entorno familiar, y en cuanto al adolescente (Identidad Omitida), se le impone las medidas cautelares contenidas en los literales C y F de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, las cuales consisten en: 1.-) La obligación d.....