por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza;
Abg. Thayrhayr Sáez de Oliveros
El Secretario,
Abg. Juan Bautista Manzanilla.