Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 1, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la acusada SILVIA MENDOZA solicitada por el Defensor Privado JOSE RAMON EREU EREU. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Carta Política Fundamental, en relación con los artículos 244, 253, 262 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Regístrese.-