En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda por Rendición de Cuentas, incoada por el ciudadano HUGO ALEXANDER GARCIA QUEVEDO, contra la ciudadanas BENNEDI CAROLINA AGUILAR ALGARIN, ambos identificados.
En consecuencia, se declara cierta la obligación de rendir las cuentas reclamadas con ocasión de la sociedad de participación habida entre las partes, desde el 01-07-2012 al 01-07-2013, y los meses de Agosto y Septiembre de 2013 como prórroga de la sociedad habida entre las partes; que comprende la suma de Doscientos Treinta y Tres Mil Novecientos Un Bolívar con Ochenta y Siete Céntimos (Bs. 233.901,87) que es el monto real de los dividendos no aportados y/o cuentas no rendidas y retenidas ilegalmente en los períodos señal.....