III
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA en el presente juicio por motivo de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana YESIKKA CAROLINA NIEVES RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.971.504, con domicilio en la manzana M-23, distinguida con el Nro. 538, de la urbanización los Robles II, situada en la carretera troncal 005, que comunica con la redoma de salida Barquisimeto y la redoma salida San Carlos, Municipio Araure del Estado Portuguesa, asistido por el abogado DENNY ALEJOS, titular de la cedula de identidad Nro. V- 21.060.322, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 269.716, contra la ciudadana DEYSY ELENA GUANIP.....