DISPOSITIVO
Por todo lo antes expuesto, es forzoso para este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 07 de Febrero del 2011 por la parte demandante contra la sentencia de fecha 03 de Febrero del 2011 emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara e improcedente la adhesión a la apelación planteada por la parte accionada en fecha 12 de Mayo del 2011.
En consecuencia SE CONFIRMA la sentencia recurrida.