DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: con lugar, la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana Odilia Rosa Alvarez, ya identificada, en representación de sus hijos, contra el ciudadano Pedro José Mendoza Sosa, ya identificado. En consecuencia, se CONDENA al ciudadano antes mencionado, a pagar la cantidad de siete mil setecientos bolívares (7.700,00 Bs.), por el atraso injustificado más los intereses, la cantidad de novecientos veinticuatro bolívares (924,00 Bs.) dando un total de ocho mil seiscientos veinticuatro bolívares (8.624,00 Bs.).