este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JEAN CARLOS LOZADA PERAZA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.795.391. Contra: RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 13 de marzo de 2003, bajo el N° 20, tomo 8-A.