DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Juicio Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano DANNY JHONATAN CAMACARO REYES, titular de la Cédula de identidad Nº 16.003.103, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de UN AÑO contados a partir de la primera presentación del referido acusado a la Unidad Técnica (UTASP) en el cual deberá cumplir con las siguientes condiciones:
La del ordinal 1º, de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal y al delegado de prueba. La del ordinal 8º, de pertenecer en un trabajo o empleo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y siguientes del COPP.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de juicio N° 2. Ordenándose su publicación y registro.-
Se ord.....