DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir la presente consulta obligatoria sobre la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio con sede en la ciudad de Guanare en fecha 04 de mayo del año 2015.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio con sede en la ciudad de Guanare en fecha 04 de mayo del año 2015, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción interpuesta por el ciudadano SIMON DE JESUS GUTIERREZ BANDERA contra el INSTITUTO AUTONOMO DE CULTURA DEL ESTADO PORTUGUESA. condenándole al pago total de OCHO MIL, SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES, CON OCHO CÉNTIMOS (Bs. 8.745,08) .....