DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N°01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara la aprehensión legal y legitima de la que ha sido objeto el adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad a lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Se acuerda con lugar la solicitud Fiscal de continuar como hasta ahora, la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario.
Tercero: Se acoge la precalificación jurídica de los hechos dada por la Representación Fiscal como el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudada.....