Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO hasta cubrir la suma de a) CIENTO TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS (USA$ 130.000,00) o su equivalente en bolívares a la tasa de cambio fijada por el Banco Central de Venezuela para el día del efectivo pago, que para el día 17 de mayo de 2021 se encuentra fijada en DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs 2.966.678,96) por cada dólar de los Estados Unidos, por lo que equivalen a la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (385.668.264.800,00); b) las costas y costos del procedimiento calculados prudencialmente en el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del monto adeudado que equivalen a la cantidad de TREINTA Y DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS (USA$ 32.000,00) o su equi.....