En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente RECURSO DE HECHO intentado por el apoderado judicial de la parte actora abogado Richard Rodríguez abogado en ejercicio inscrito en el impreabogado Nro. 90.0324 en fecha 26 de Julio del 2011 contra de la negativa de la apelación contenida en el auto de fecha 21 de Julio del 2011 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.