Por los motivos expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA SECCIÓN ADOLESCENTE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de la adolescente imputada identidad omitida, ya identificada de conformidad con lo establecido en el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la libertad plena. y transcurrido el lapso legal remitir la causa al archivo judicial.
En la ciudad de Guanare, a los veintitrés días del mes de octubre del 2007.-
La Jueza de Control No 2.
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
La Secretaria,
Abg. María Yoneida Castellanos.