se acuerda lo siguiente:
1) Se ordena la retención de la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS MIL (Bs 200.000, oo) mensual, del sueldo que como trabajador del Centro Genético La Marqueseña, devenga el ciudadano CARLOS EDUARDO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad numero 19.957.507, cantidad esta que se corresponde con la cantidad por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA MENSUAL que hasta ahora esta fijada ante este Tribunal, comenzando dicha retención a partir del ultimo del Mes de Octubre del año 2007.
2) Librese oficio a la Empresa Centro Genético La Marqueseña, ubicado en el Municipio Alberto Arvelo Torrealba, a orillas de la Autopista José Antonio Páez, a los fines de que sea retenida esta cantidad de dinero en forma mensual por obligación alimentaria, y una vez retenida que sea depositada en la cuanta de ahorros numero 0007-0178-58-0010001082, a nombre de la ciudadana GUILLERMINA DURAN LEAL según expediente numero 472-07 por Obligación alimentaria
Cúmplase con lo ordenado.
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