En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RICHARD ORLANDO BRIZUELA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° 11.808.465, en contra de la Sociedad Mercantil MAKRO COMERCIALIZADORA S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el N° 35, en fecha 18 de mayo de 1.990, tomo 57, en consecuencia se condena a esta ultima a pagar al ciudadano RICHARD ORLANDO BRIZUELA ALVAREZ, lo siguiente:
PRIMERO: la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS (BS. 56.788,51) por los conceptos r.....