DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de juicio No 1 en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando como tribunal unipersonal
1) ABSUELVE al ciudadano MAMBEL TORRES FRANK LEONARD venezolano, soltero de 30 años de edad, fecha de nacimiento 18-01-80, Electricista, natural de Acarigua, estado Portuguesa, residenciado en la Urbanización las Palmas, calle 4, casa 501, Araure, estado Portuguesa, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.091.186, por el delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público, y como consecuencia de ello, se ordena el cese de la medida cautelar sustitutiva que le fuere impuesta en su oportunidad legal, al no haberse demostrado en el juicio oral, la responsabilidad penal del acusado en el hecho imputado
2) Se ABSU.....