DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos BRUNO JOSÉ BRETT Y OMAR ANTEQUERA, demandados, actuando como Directores de la sociedad mercantil BARBERIA PEPE UNO, C.A., asistidos por los abogados Armando José Wohnsiedler Rivero y Héctor Enrique Guédez Rivero, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 22.150 y 8.821 respectivamente, en contra de la sentencia dictada en fecha 5 de junio de 2015, por el Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del estado Lara. En consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por el ciudadano PEDRO MIGUEL MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 2.198.423, contra la sociedad mercantil .....