En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la apelación de la parte demandada y Parcialmente Con lugar la apelación de la parte actora y por tanto, ha lugar parcialmente al reclamo de la obligación de manutención formulada por la ciudadana MARQUIRES QUINTERO GARCÍA, en representación e interés de sus hijos NAGQ, EMGQ y MDGQ, contra el ciudadano ADELI RAMÓN GARCÍAS PERDOMO, ambos identificados.
En consecuencia, se condena al demandado a cancelar a la parte actora por concepto de obligación alimentaria la suma global de Trece Mil Setecientos Sesenta y Nueve Bolívares con Sesenta y Nueve Céntimos (Bs. 13.769,69), incluidos sus respectivos intereses, cantidad esta, que deberá ser descontada del monto que corresponda a las prestaciones sociales con ocasión de su relación de trabajo, por la Comandancia general de la Guardia Nacional Bolivariana, y .....