Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Píritu, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente acción de NULIDAD DE CONTRATO, y como consecuencia se declara NULO el documento de compra venta, de fecha 08 de julio del 2010, inserto bajo el Nro. 47, tomo 27 de los libros llevado por la Notaria Publica de Turen, suscrito entre los ciudadanos LEONARDO DE JESÚS VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-9.617.382, y la ciudadana: LILIANA LETICIA DORANTE, titular de la cédula de identidad Nº V-20.388.763,