DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la CONVERSIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al ciudadano JAVIER JOSÉ RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 12.019.912, en virtud de haber cumplido en su totalidad las tres cuartas (3/4) partes de la pena de Doce Años de Presidio, que le fuera impuesta por la comisión del delito de Homicidio Intencional, todo de conformidad a lo que se contrae el artículo 52 del Código Penal, el cual lo cumplirá en la calle 41 entre avenidas 24 y 25, casa N° 24-41, familia María de Abreu, Barrio Villa Pastora, Acarigua, Estado Portuguesa, hasta el 13.02.2008. Líbrese la correspondiente boleta de Libertad Condicional anexa a oficio dirigido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara y Oficio al.....