Se Otorgó el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado Pablo José Túa Barazarte, por el delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de Empresa de Seguridad SERMACA, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 472 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal derogado y en los artículos 12,14,15 y 16 de la Ley de Beneficios en el Proceso Penal. Notifiquese a las partes, y oficiese lo conducente.