Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base del criterio jurisprudencial señalado por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia en decisión Nro. 3744 emanada en fecha 22-12-2003 y articulo 164 de la ley de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, según Gaceta oficial Nº 5.930 de fecha 04/09/2009, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera UNIPERSONAL en la presente causa que se instruye a los Ciudadanos Acusados: COLMENAREZ GONZALEZ EDWIN ARTURO, venezolano, natural de caracas Dtto. Capital, de 19 años de edad, nacido en fecha 15/11/1989, soltero de profesión Estudiante, titular de la cedula de identidad Nº 24143091 y Residenciado en el Barrio Bello Monte, Calle Principal, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, por la presunta comisión d.....