Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, recurso de apelación interpuesto por la abogado MIRELL MEA, en su condición de apoderada judicial de las partes demandantes, contra la sentencia de fecha 15 de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SE CONFRIMA, decisión de fecha 15 de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a las partes demandantes por la naturaleza del fallo.