; este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos DANLIEL YTHAMAR RIVERO CHAVEZ Y RAQUEL LISAMA NIÑO ACOSTA, por ante el Jefe Civil de la Parroquia El Cují del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 4, folio 4 vto., en fecha Diecisiete (17) de Mayo del año 1996, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Ofíciese a los organismos competentes remitiendo copia certificada de la presente decisión, una vez que la misma quede definitivamente firme, a los fines de que inserten la nota marginal correspondiente. Expídanse las copias que requiera la parte interesada. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.