Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Acuerda continuar las averiguaciones bajo los parámetros del procedimiento ordinario. Segundo: Declara la detención NO legal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA , solicitada por el Ministerio Publico. Tercero: No Acoge la pre-calificación jurídica imputada por el Ministerio Publico como HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES E INNOBLE EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 406 numeral 1°, en relación con el artículo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de YOVANNYS JOSE REYES PEREZ Y LUIS JOSE LOPEZ YEDRO. En su lugar, acuerda la pre-calificación de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE establecido .....