DISPOSITIVA
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal IV de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: SE CONDENA al acusado JESUS ANTONIO HERNANDEZ ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, C.I. 12.527.988, residenciado en la Urbanización Durigua IV, avenida 6 casa No. 24, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en perjuicio de VICENTE FAUL SOTO NARVAEZ, a cumplir la pena de 2 años y 9 meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal.
El texto integro de la presente decisión se publicó dentro de los 10 días que dispone este Tribunal de conformidad con el segundo aparte del artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada y sellada en Acarigua a los Nueve (24) días del mes de Mayo del año 2005.
E.....