En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar el Recurso de Hecho, incoado por la Adolescente, ciudadana AVSE, en su carácter de codemandada, en el juicio que por reclamación de prestaciones y otros conceptos laborales, le sigue a ella y a otros, la ciudadana YENNINFER YUBANELA PALMA, ambos identificados en autos.
En consecuencia, se ordena a la Jueza Unipersonal Nº 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, oír en un solo efecto, la apelación formulada por la parte recurrente, contra la decisión interlocutoria de fecha 28-04-2006.