DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Obligación de Manutención intentada por la ciudadana HELEANY YOLIVIT VILLASMIL GIMÉNEZ, en contra del ciudadano LUIS OSVALDO YAJURE VÁSQUEZ, ampliamente identificados en autos, por tanto se fija por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de Seiscientos Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 650,oo) mensuales, los cuales deberán ser cancelados en cuotas quincenales. Asimismo la madre deberá contribuir con las necesidades de los adolescentes como ropa, calzado, deporte y recreación.
Para cubrir los gastos de la época decembrina ambos padres deberán cubrir en igualdad de proporción los estrenos y .....