DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Juicio N° 03 constituido en Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JHONNY HUMBERTO SILVA TORREALBA, ya identificado, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL COMETIDO DURANTE LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1° del Código Penal, y a los acusados JHONNY ALEXANDER PICHARDO LAMEDA, JHONNY HUMBERTO SILVA BELLO y HECTOR RAMON LINAREZ SIVIRA, plenamente identificados, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL COMETIDO DURANTE LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE COOPERACIÓN INMEDIATA, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal.....