DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA Estado Cojedes, de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 318, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la citada Ley. Notifíquese a las partes de la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año Dos Mil Siete.
ABG. NIORKIZ M. AGUIRRE BARRIOS
JUEZ DE CONTROL N° 02
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