DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de descuento directo de la nómina de trabajo por Obligación de Manutención formulada por el ciudadano JULIO CESAR SERRADA GARCES a favor de sus hijos.
Segundo: En consecuencia, acuerda como medida cautelar que se le retenga de la nómina por concepto de obligación de Manutención del salario que devenga el ciudadano JULIO CESAR SERRADA GARCES, la cantidad de CIEN BOLÍVARES FUERTES (BS. 100, oo) MENSUALES. Por otra parte, deberá suministrar, adicionalmente, la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.200, oo) en el mes de diciembre de cada año, para la compra de vestuario y otras cosas propias de la época decembri.....