D I S P O S I T I V A
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana YUMARA DEL CARMEN PAREDES CHACON en representación de su hijo, el adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley en contra del ciudadano JOSE LUIS VARGAS RIVAS. En consecuencia el demandado por concepto de Obligación de Manutención cancelará la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (BS. 3.000,00) MENSUALES y en los meses de Agosto y Diciembre la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), para la compra de útiles y uniformes escolares, vestuarios, calzados y presente navideño; además del cincuenta por ciento (50%) de los gastos de atención médica, medici.....