DECISIÓN
Por todo los argumentos expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la Acusación presentada por la Fiscala XIX del Ministerio Público y declara la responsabilidad penal de los adolescentes (Identidades Omitidas) por los delitos de Asalto a Transporte Público y Graves e Injustas Amenazas previstos en los artículos 357 y 175 del Código Penal y los sanciona con las medida de Semilibertad, por lapso de un (1) año, prevista en los artículos 620 literal e y 627 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Se declara el cese de la medida prisión preventiva impuesta a los adolescentes. Regístrese y Publíquese
El Juez de Juicio
Abog Gerardo Pastor Arias La Secretaria
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