En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSWALDO ALZURU, en su condición de apoderado judicial de la parte accionada EMPRESA FUMIGADORA AGRICOLA, C.A. (EMFACA), contra la medida cautelar acordada según sentencia de fecha 10 de julio del año 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la medida cautelar acordada según sentencia de fecha 10 de julio del año 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad .....