DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa interpuesta como punto previo por la parte demandada sobre el agotamiento de la vía administrativa.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por la ciudadana EDUVIGES TORREALBA, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA Y COMANDO REGIONAL Nº 4, DESTACAMENTO Nº 41, PRIMERA COMPAÑÍA DE LA GUARDIA NACIONAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
TERCERO: No hay condenatoria en costas según lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena notificar de la presente sentencia definitiva al .....