Pero es el caso que tal pago sería imposible hacerlo, si la compañía o sus representantes legales efectuaran enajenaciones y gravamenes de los bienes que son propiedad de éste, y en caso de una liquidación la compañía tendría que pagar las deudas que tengan con sus acreedores, también en perjuicio del socio minoritario que no tiene el control de administración y disposición de los bienes de la compañía, por lo que hace procedente decretar la medida innominada complementaria de prohibirle a la Directora General de la empresa Coralí Yscande Manrique Contreras y a la apoderada judicial Nacarí Yscande Manrique Contreras, de efectuar enajenaciones y gravámenes de los bienes que pertenecen en propiedad a la sociedad mercantil Técnica Manrique C.A., (TEMACA) y se ordena oficiar al Registro Mercantil de esta Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de abstenerse de la inscripción de cualquier acto o negocio jurídico que conlleve enajenación o gravamen de los bienes de esta sociedad. A.....