DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control Nº 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra TORRES BRICIO ANTONIO, Venezolano, natural de Cordova, Municipio Unda Estado Portuguesa, soltero titular de la cedula de identidad N° V-11.399.007, residenciado en el Caserío La Pica, casa S/N Municipio Unda Estado Portuguesa, e iniciada por el delito de lesiones personales, en perjuicio de ALVARADO LUIS ANTONIO, Venezolano, natural de San Juan de la Hodonada, Municipio Sucre, soltero, titular de la Cedula de Identidad V-3.835.725 residenciado en el Caserío La Pica de Chavasquen, Vía Cordova, a tres cuadas de la Escuela, Municipio Unda, Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el primer supuesto del numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Háganse.....