REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Araure, 25 de Marzo de 2008.
197° y 149°
Vista la demanda por Reivindicación de Inmueble, intentada por el ciudadano JOSE ANTONIO ESCALONA, titular de la cédula de identidad N°. V-4.1298.090, asistido por la Abogada EUCARYS PAEZ GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 59.763; en contra de la ciudadana ILDA MARGARITA NAVAS, venezolana, mayor de edad, de profesión de Oficios del Hogar, titular de la cédula de identidad N°. 4.606.151 o 4.606.152; este Tribunal pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
En nuestro ordenamiento jurídico venezolano cada persona física se identifica con un número de cédula, lo que permite su individualización, en el caso de marras, el actor presenta demanda por Reivindicación de Inmueble, y señala: "Es el caso que, la ciudadana I.....