En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por la parte demandada, en el presente juicio por obligación de manutención, seguido por la ciudadana la ciudadana MARÍA ELSY HERNÁNDEZ SOTO, actuando en beneficio e interés de sus hijos RÁBH y AABH, contra el ciudadano CARLOS LEONZO BRICEÑO MONTILLA, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto del a quo, de fecha 05-02-2009 y de los actos procesales subsiguientes hasta el presente fallo, exclusive, y la consiguiente reposición de la causa al estado de ordenarse la apertura del lapso probatorio de conformidad con el artículo 517 de la Ley Orgánica que rige esta materia; y previa la notificac.....