DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Mixto N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado José Gregorio Valero García, ya identificados, a cumplir la pena de Diez (10) Años y Un (01) Mes de Prisión, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el primer aparte del artículo 80, ambos del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano José Aurelio Justo Pérez; más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 Eiusden, a saber: 1º La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, terminada esta.
Se condena también al acusado al pago de las costas a favor del Estado Venezolano de acuerdo a lo previsto en los Artícul.....