Por lo fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 26/01/06 por el abogado Carlos Rodríguez en su carácter de apoderado de la parte actora contra la decisión dictada por el a quo en fecha 20/01/06.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de Tercería en relación al vehículo clase Camión, placas 80S-DAD, marca HYUNDAI, serial de carrocería KMFXKN7BPWV59212, serial del motor D4BB2R48730, color Blanco Noble, año 1.998, interpuesta por el ciudadano Omar Tomás Zanga Quispe contra los ciudadanos Henry Mosquera y Omar Mota Carrasco, este último en su carácter de representante de la empresa Tracto Caribe, C.A.
TERCERO: SIN LUGAR .....