Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA en el tribunal de Ejecución del Circuito Judicial del estado Portuguesa, Sección Adolescentes, Guanare por considerar a este Tribunal el competente, ello de conformidad a lo establecido en el Artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los Artículos 614 y 631 de la citada Ley. En consecuencia remítanse las actuaciones originales que conforman la presente causa al tribunal considerado competente, quedando el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien se encuentra recluido en la Casa de Formación Integral (V) Guanare, a la orden de dicho tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adol.....