DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR LA ACCION DE NULIDAD DE ASAMBLEA incoada por IOANNY KOTZAMANY, MIGUEL ANGEL MENDEZ VERGARA y ALEXANDER JOSE MONTILLA , extranjero el primero y venezolanos los demás , mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros E-81.290.598, V-14.332.319 y V- 12.647.081, en su orden, domiciliados en Biscucuy, Municipio José Vicente de Unda, Estado Portuguesa, en su carácter de Presidente, Secretario y Asistente de Educación, en su orden, de la COOPERATIVA DE SERVICIOS GUANARE R.L ( CONSERGUAN R.L), representada por ROLANDO MIGUEL SALAZAR TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.058.020, domiciliado en la Urbanización "José Antonio Páez", Vereda 17., Casa Nro- 03, de esta ciuda.....