Con fundamento en lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara : SIN LUGAR la demanda presentada por la ciudadana Paula Rojas, ya identificada. Se decreta medida de Colocación Familiar a favor de la niña en el hogar de su abuela materna ciudadana Naileth Del Carmen Colina, titular de la cédula de identidad Nº 9.846.462 Con esta medida, se le otorga la Responsabilidad de Crianza a dicha ciudadana, quien deberá velar por su bienestar moral, asumir su crianza y ser responsable de ella ante las personas naturales y jurídicas.
Asimismo, se acuerda las siguientes medidas:
Orientación y evaluación Psicológica para la niña y para su abuela materna durante tres (03) meses contados a partir de la notificación a la Psicóloga de este.....